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ToggleDesde febrero de 2026, todos los arrendadores de alojamientos de corta duración en España deberán cumplir una nueva obligación legal, presentar una declaración informativa anual sobre su actividad de alquiler.
Esta medida afecta tanto a viviendas de uso turístico como a otros alquileres temporales (vacacionales, por estudios, trabajo o tratamientos médicos) y forma parte del nuevo sistema de control del alquiler de corta duración aprobado por el Gobierno.
En este artículo te explicamos qué es esta declaración, quién está obligado, qué datos hay que presentar y qué ocurre si no se cumple, de forma clara y práctica.
Se trata de un modelo informativo anual obligatorio que deben presentar los arrendadores de alojamientos de corta duración inscritos en el Registro Único de Arrendamientos y que disponen de un Número de Registro Único de Alquiler (NRUA).
Esta obligación ha sido aprobada mediante la Orden VAU/1560/2025, en desarrollo del Real Decreto 1312/2024, y se enmarca dentro de la creación de la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos.
La declaración informativa tendrá carácter anual y deberá presentarse durante el mes de febrero de cada año, incluyendo los datos correspondientes al ejercicio natural anterior.
La primera vez que será obligatoria será en febrero de 2026, momento en el que deberán declararse los arrendamientos de corta duración realizados a lo largo de 2025.
El plazo concreto se extiende, con carácter general, desde el 1 de febrero hasta el primer día hábil de marzo, en caso de que el mes finalice en día inhábil.
Es importante tener en cuenta que la obligación existe, aunque no se haya producido ninguna estancia durante el año, siempre que el inmueble disponga de un Número de Registro Único de Alquiler (NRUA) en vigor.
Incluso si no ha habido alquileres durante el año, la declaración debe presentarse igualmente si el inmueble tiene NRUA activo.
Están obligados tanto particulares como empresas que alquilen alojamientos de corta duración, entre ellos:
La declaración se presenta de forma anonimizada, pero incluye datos relevantes sobre la actividad:
Esta información permite a la Administración controlar la actividad real del alquiler de corta duración, sin necesidad de identificar directamente a los inquilinos.
En Legal Iuris te asesoramos y nos encargamos de todo el proceso, desde la revisión del NRUA hasta la correcta presentación de la declaración anual, evitando riesgos y sanciones.
Póngase en contacto con nuestros abogados y nos pondremos en contacto con usted lo antes posible. Evaluaremos su situación y le ofreceremos el asesoramiento que necesite.
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