El padrón municipal es un registro administrativo de cada ciudad o municipio en el cual figuran los datos de todos los ciudadanos inscritos que residen en él, con independencia de su nacionalidad.
El padrón está regulado en la Ley de Bases del Régimen Local 7/1985, de 2 de abril y en el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Este registro debe ser renovado con una periodicidad de dos años.
La normativa establece la obligatoriedad, para toda persona que viva en España, de inscribirse en el padrón del municipio donde resida de forma habitual. Si un ciudadano reside en varios municipios a lo largo del año, tendrá que estar inscrito en el registro del municipio en el que resida más tiempo. Los ciudadanos inscritos en el padrón se denominan vecinos. El total de vecinos constituye la población del municipio.
Su gestión y trámite pertenece al ayuntamiento del lugar de residencia y, ante la ley, es de obligatorio cumplimiento estar empadronado en el lugar en el que vives, pudiendo incurrir en sanciones económicas si se incumple.
Este trámite se gestiona por cada ayuntamiento de forma independiente, de ahí que el proceso cambie según vaya a empadronarse en un municipio u otro.
Los ayuntamientos en España, en estos casos, son entidades que actúan de manera autónoma bajo sus propias directrices y criterios de gestión, es por eso que algunos ayuntamientos sólo permitirán su trámite de manera presencial, otros pueden ofrecer facilidades para hacerlo de manera online y con algunos de ellos necesitarás cita previa antes de iniciar el trámite.
Nuestra recomendación es que consulte con nuestro equipo para realizar la gestión de forma rápida, sencilla y eficiente, pero en caso de que quiera hacerlo usted mismo, le instamos a que se informe previamente de los requisitos a cumplir en cuanto a la tramitación a través de los medios oficiales de su ayuntamiento (p.ej., a través de la web, teléfono o por mail).
Aunque por norma general, serán necesarios documentos que acrediten la identidad, documentos que acrediten el domicilio y su uso, solicitud de empadronamiento y los que exija particularmente el ayuntamiento de su municipio.
En muchas ocasiones es común que, por diversos motivos laborales, de estancia temporal en alguna ciudad, estudios, o la simple pereza que pueda dar el empezar un trámite burocrático con el ayuntamiento, estemos empadronados en un lugar diferente al que vivimos.
Esto, aunque pueda parecer una situación común, vivir en un lugar diferente al lugar en el que estás empadronado es ilegal, al igual que si se diese la situación contraria de estar empadronado en dos lugares diferentes.
¿Qué dice la ley al respecto?
El art. 15 de la Ley de Bases del Régimen Local 7/1985, de 2 de abril señala que “Toda persona que viva en España está obligada a inscribirse en el Padrón del municipio en el que resida habitualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirse únicamente en el que habite durante más tiempo al año.” En conclusión, solamente se debe estar inscrito en un lugar de residencia, el habitual, y en caso de que la persona viva en varios municipios, el que mayor tiempo ocupe durante el año
Existen sanciones por el incumplimiento legal del empadronamiento. Las multas dependen del ayuntamiento, que fijará sanciones en función del número de habitantes del municipio y pueden alcanzar los 150€ en determinados casos, aunque si se demuestra que el solicitante ha usado información falsa o ha usado este método para fines lucrativos, la multa podría conllevar sanciones en algunos casos penales o multas considerablemente mayores.
Un empadronamiento acredita que es usted residente de una ciudad específica y aunque no parezca importante, a continuación, queremos destacar algunas situaciones que podrían darse durante su estancia en España y que podrían motivarle a modificar su empadronamiento en caso de que esté empadronado en un municipio, pero resida en un lugar distinto:
Cuando una persona modifica su residencia, empadronarse en la nueva vivienda probablemente no constituya una de sus necesidades primordiales, pero si el cambio de residencia es permanente o de larga temporada, es obligación del ciudadano el empadronamiento en el lugar correcto para evitar problemas legales y además, poder disfrutar de las ventajas que ello supone.
En Legal Iuris contamos con profesionales altamente cualificados y comprometidos que conocen la burocracia de cada municipio, ya que se encargan de gestionar todo tipo de trámites con frecuencia, haciéndole a usted su estancia más confortable en España y evitando que pierda tiempo en realizar estas gestiones. Para más información puede contactar con nuestro equipo que estará encantado de ayudarle a resolver sus dudas.